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Caninos en operativos de tránsito: qué puede exigir la autoridad y qué debe cumplir el conductor

La Ley 2454 de 2025 modifica el Código de Tránsito. Negarse a silenciar el vehículo durante una inspección que incluya caninos ahora cuesta más de medio millón.

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Caninos en operativos de tránsito: qué puede exigir la autoridad y qué debe cumplir el conductor

Encontrarse con un puesto de control policial que incluye unidades de caninos antinarcóticos o antiexplosivos es una situación común en las carreteras colombianas. Hasta hace poco, el protocolo era estándar: detenerse y esperar. Sin embargo, con la entrada en vigencia de la Ley 2454 de 2025, las reglas del juego han cambiado en favor del bienestar animal y la seguridad operativa.

Esta nueva normativa ha introducido una modificación directa al Código Nacional de Tránsito, creando una obligación específica para el conductor: si un canino va a inspeccionar su carro, el motor debe estar apagado. Ignorar esta instrucción ya no es una falta de cortesía, es una infracción tipificada que se castiga con comparendo.

El motor apagado es ley

El Artículo 19 de la nueva ley es claro y no deja margen a interpretaciones. Establece que la inspección canina de cualquier vehículo debe realizarse únicamente cuando este se encuentre apagado.

Caninos en operativos de tránsito: qué puede exigir la autoridad y qué debe cumplir el conductor
Foto: instituto de protección animal

La razón técnica y biológica es proteger al animal (canino). Los gases de escape (monóxido de carbono) y el ruido del motor no solo afectan la salud del canino a largo plazo, sino que interfieren con su capacidad olfativa y concentración. Por ello, la norma faculta al personal uniformado para exigir que el conductor gire la llave y corte la ignición antes de acercar al perro. Si el motor sigue encendido, la revisión legalmente no puede iniciar.

La multa C12A: $711.750 por no colaborar

Para garantizar el cumplimiento, se ha creado una nueva categoría en el catálogo de sanciones: la infracción C12A.

Esta falta se define como “No apagar el motor del vehículo para la inspección canina”. Si un conductor se niega a acatar la orden, el agente de tránsito procederá a imponer una multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV). Para el año 2026, esto representa un golpe al bolsillo de aproximadamente $711.750.

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Caninos en operativos de tránsito: qué puede exigir la autoridad y qué debe cumplir el conductor
Foto: Colprensa – Sergio Acero

Es importante aclarar que, aunque la multa es costosa, esta infracción específica no conlleva la inmovilización del vehículo, pero sí el reporte en el SIMIT y la obligación de pago.

Derechos y Deberes en el operativo

Con este marco legal, la dinámica en los retenes se ajusta:

  1. La Autoridad: Puede ordenarle detenerse, apagar el vehículo y descender del mismo para facilitar la labor del binomio (guía y perro).
  2. El Conductor: Tiene la obligación de colaborar. Sin embargo, también mantiene su derecho a verificar que el procedimiento se haga respetando la integridad de su vehículo y bajo los protocolos de seguridad vigentes.

La próxima vez que vea a un pastor alemán o un labrador acercarse a su puerta en un peaje, adelántese a la orden: apague el motor. No solo evitará una discusión costosa, sino que estará protegiendo a un agente de cuatro patas que está trabajando por su seguridad.

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