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Le inmovilizaron el vehículo: estos son sus derechos y cómo defenderse si hay mal procedimiento

No todo comparendo debe terminar con inmovilizar su vehículo. Conozca sus derechos si durante el proceso sufre daños durante el traslado, los plazos para impugnar y las tarifas aproximadas que rigen este año.

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Le inmovilizaron el vehículo estos son sus derechos y cómo defenderse si hay mal procedimiento

Ver su vehículo montado en una grúa es una de las imágenes más angustiantes para cualquier conductor. Sin embargo, en ese momento de estrés, muchos desconocen que el procedimiento de inmovilización tiene límites legales estrictos. Para este 2026, con tarifas ajustadas y una normativa vigente que protege al ciudadano ante el abuso, es vital saber cómo actuar.

En REVISTA TURBO consultamos la normativa actual para aclarar dudas frecuentes: ¿Puede un policía de vigilancia inmovilizar y llevarse su carro? ¿Quién paga si le rayan la moto en la grúa? Y lo más importante: ¿Cuánto le va a costar el error?

¿Quién tiene la autoridad?

La regla de oro es la competencia. En Colombia, la orden para inmovilizar solo puede emitirla una autoridad de tránsito (agentes azules o Policía de Tránsito con funciones específicas). Un policía de vigilancia puede detenerlo, pero si no está facultado para control vial, el procedimiento podría tener vicios de forma.

Además, no toda infracción da para patios. Faltas como el SOAT vencido, la técnico-mecánica expirada o conducir en estado de embriaguez sí lo ameritan. Pero si la infracción es subsanable en el sitio (como un mal estacionamiento donde el conductor llega antes de que suban el carro a la grúa), usted tiene derecho a que no se lo lleven, aunque el comparendo se mantenga.

Le inmovilizaron el vehículo estos son sus derechos y cómo defenderse si hay mal procedimiento
Foto: Secretaría de Movilidad
El golpe al bolsillo: Tarifas 2026

Si llegan a inmovilizar el vehículo y llega a los patios, el ‘taxímetro’ empieza a correr. Aunque los precios varían según la ciudad, los rangos estimados para este año son:

Servicio de Grúa (Traslado):
  • Motos: Entre $90.000 y $150.000.
  • Automóviles: Entre $150.000 y $250.000.
  • Camionetas/Pesados: Puede superar los $300.000.
Parqueadero (Día en Patios):
  • Motos: $25.000 a $40.000 diarios.
  • Automóviles: $50.000 a $80.000 diarios.
Alerta: Daños en el traslado

Este es el punto más sensible. Es común ver grúas cargando motos como si fueran leña, una encima de otra. Si su vehículo sufre rayones, golpes o daños mecánicos durante el operativo, la autoridad o el operador de la grúa deben responder.

¿Cómo blindarse?
  1. Evidencia: Antes de que se lleven el vehículo, tome fotos y videos detallados de su estado (latas, espejos, rines).
  2. Inventario: Exija que el inventario de ingreso sea minucioso.
  3. Reclamación: Si al retirarlo encuentra daños, no retire el vehículo sin dejar constancia escrita y radicar una queja formal ante la Secretaría de Movilidad. El Estado tiene la obligación de custodia.
Le inmovilizaron el vehículo estos son sus derechos y cómo defenderse si hay mal procedimiento
Foto: Alcaldía Mayor de Bogotá
El reloj corre: Plazos para defenderse

Firmar el comparendo no es aceptar la culpa, es solo darse por notificado. Si usted considera que el procedimiento fue ilegal, tiene herramientas:

  • 5 días hábiles: Plazo para pagar con el 50% de descuento (haciendo curso).
  • Impugnación: Dentro de esos mismos días, puede solicitar una audiencia para presentar pruebas (videos, testigos) y defenderse ante un inspector.
  • 20 días hábiles: Si paga en este lapso, el descuento baja al 25%.

Si el agente se niega a identificarse, actúa con agresividad o inventa una causal de inmovilización inexistente, usted puede elevar la queja a la Personería o Procuraduría.

En la vía, el conocimiento es poder. Mantenga sus papeles al día para evitar la sanción, pero si ocurre, recuerde que inmovilizar su vehículo es una medida administrativa, no una carta blanca para que la autoridad maltrate su patrimonio.

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