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Opinión: las pruebas aplazadas

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La Resolución 1349 de 2017 estableció en el mes de mayo de 2018 la entrada en vigencia de las pruebas teórico-prácticas como requisito para la licencia de conducción.

Lea la columna de opinión de nuestro editor Rubén González referente a las pruebas teórico-prácticas de conducción.

La Resolución 1349 de 2017 estableció en el mes de mayo de 2018 la entrada en vigencia de las pruebas teórico-prácticas como requisito para aquellas personas que desean obtener la licencia de conducción por primera vez.

Esa resolución le asignaba a la Agencia Nacional de Seguridad la tarea de establecer los procesos requeridos y la puesta en marcha de los CALE, Centros de apoyo logísticos de evaluación, entidad encargada de realizar las pruebas.

Ante la imposibilidad de hacer efectiva esta resolución, el Ministerio de Transporte amplió los plazos por 12 meses una vez fuera publicada en el Diario Oficial. Mientras esto se hace efectivo, los conductores que quieran obtener su licencia de conducción o recategorizar la actual se regirán por la norma vigente.

Aquí, algunos apartes de la nueva resolución que está casi lista por definirse. De acuerdo con la página oficial del MinTransporte se determina: “…Por la cual se establecen nuevos plazos para la definición de procesos y metodología de evaluación por la Agencia de Seguridad Vial y la entrada en vigencia de la Resolución 1349 de 2017”.

“Que mediante oficio 20183210067082 de 2018, el Director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial solicita al Ministerio de Transporte ampliar el plazo inicialmente fijado en la Resolución 1349 de 2017, para el desarrollo de las actividades programadas en el cronograma remitido por el anterior Director mediante oficio 00679 del 18 de mayo de 2017”.

“Que teniendo en cuenta la rigurosidad de los requisitos mínimos que se deben cumplir para habilitar un Centro de Apoyo Logístico de Evaluación – CALE y que las actividades relacionadas con la definición de los procesos y la metodología de evaluación requieren de un tiempo prudencial para ser ejecutados de forma idónea, igualmente se hace necesario establecer una nueva fecha de entrada en vigencia de la Resolución 1349 de 2017”.

“Artículo 2.- Con el fin de que los aspirantes a habilitarse cumplan las condiciones de personal, equipos e instalaciones exigidas, para la realización del examen teórico y práctico de conducción, la resolución 1349 de 2017 comenzará a regir en un plazo de doce (12) meses contados a partir de la publicación del presente acto administrativo en el Diario Oficial”.

REVISTA TURBO

 

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