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Esta práctica de los agentes de tránsito con los conductores ya no está permitida: entérese
El Ministerio de Transporte aclara los límites en los operativos de control y ratifica las medidas que pueden hacer los agentes de tránsito en un vehículo. Conozca sus derechos.
Con un parque automotor que superó los 19.8 millones de vehículos registrados en Colombia al cierre de 2024, los operativos de control vial por agentes de tránsito son cada vez más frecuentes y necesarios. Sin embargo, un aumento en las denuncias ciudadanas por procedimientos irregulares ha llevado al Ministerio de Transporte a establecer directrices claras sobre las facultades y los límites de los agentes de tránsito.
La prohibición de retirar las llaves del vehículo
Una de las prácticas más cuestionadas y que genera mayor conflicto es el retiro de las llaves del vehículo por parte de la autoridad. Ante esto, el Ministerio de Transporte ha sido enfático: ningún agente o policía de tránsito está facultado para quitarle las llaves al conductor como parte de un procedimiento estándar.
Esta acción solo es permisible en situaciones extremas y claramente justificadas, como cuando el conductor representa un riesgo inminente para la seguridad vial. Los casos contemplados son, por ejemplo, un estado comprobado de alcoholemia o la realización de maniobras de conducción temeraria que pongan en peligro a otros actores viales. Fuera de estos escenarios, la práctica es considerada un abuso de autoridad.
¿Qué hacer si un agente lo intenta?
El creador de contenido y experto en movilidad, conocido como El Señor Biter, ha sido una de las voces que más ha difundido los derechos de los conductores. Reafirma que, si un funcionario intenta retener las llaves sin una justificación legal válida, el ciudadano está en su derecho de documentar el hecho (grabando el procedimiento, por ejemplo) y reportarlo de inmediato a las autoridades competentes como un posible abuso de autoridad.
El derecho a subsanar: los 60 minutos de gracia
Otro punto clave aclarado por el Ministerio es la ilegalidad de inmovilizar un vehículo sin permitir la subsanación de la infracción. La normativa establece un plazo de 60 minutos para que el conductor pueda corregir la falta. Por ejemplo, si olvidó su licencia de conducción en casa, pero un familiar o amigo puede traerla dentro de ese lapso, el vehículo no debe ser inmovilizado.
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Los cinco documentos y nada más
En un control de tránsito, las autoridades solo pueden exigir cinco documentos específicos al conductor. Cualquier solicitud adicional debe estar debidamente sustentada en la ley. La lista es clara:
- Licencia de conducción
- Cédula de ciudadanía
- Tarjeta de propiedad (Licencia de Tránsito)
- Revisión técnico-mecánica vigente
- SOAT vigente
Además de conocer sus derechos, los ciudadanos conductores deben recordar las obligaciones del agente de transito: este debe identificarse plenamente con su nombre y número de placa, explicar el motivo de la detención y seguir el procedimiento legal para la imposición de un comparendo. En caso de notar cualquier irregularidad, la línea 123 es el canal oficial para reportar posibles abusos y garantizar un control vial transparente y justo para todos.
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