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Alcohol, sustancias psicoactivas y fumar en el vehículo: las conductas prohibidas al conducir
Un repaso técnico a la Ley 1696 y el Código de Tránsito sobre el consumo de alcohol, sustancias psicoactivas y hábitos en el habitáculo que pueden costarle la licencia y su patrimonio.
Conducir un vehículo en Colombia es una actividad considerada de alto riesgo, y bajo esa premisa, el marco legal se ha vuelto cada vez más severo. Lo que hace una década se resolvía con una amonestación, hoy puede derivar en la cancelación definitiva de la licencia y multas que superan el valor comercial de muchos vehículos de gama media. Analizamos la arquitectura legal que castiga no solo el alcohol, sino la irrupción de nuevas tecnologías para detectar sustancias psicoactivas y las infracciones por fumar mientras se opera un vehículo.
El rigor de la Ley 1696: el costo de la embriaguez
La piedra angular de la fiscalización vial en el país es la Ley 1696 de 2013. Esta normativa eliminó cualquier margen de tolerancia, estableciendo una escala progresiva de sanciones que castiga con dureza desde el primer grado de alcoholemia. Un conductor que sea sorprendido con un nivel de alcohol mínimo puede enfrentar una multa de 90 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV) y la suspensión de su documento por un año.
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Sin embargo, el escenario se torna crítico en casos de reincidencia o grados superiores. Las sanciones financieras pueden escalar hasta superar los $50.000.000 COP, acompañadas de la inmovilización del vehículo por periodos prolongados y la obligación de realizar cursos de sensibilización. En el caso de conductores de transporte público o escolar, la ley no admite atenuantes, duplicando en muchos casos la severidad del castigo técnico.
Fumar al volante: una infracción de $474.500
Una de las conductas que genera mayor debate es el consumo de tabaco durante la conducción. A diferencia de lo que muchos creen, fumar mientras se conduce sí es una infracción de tránsito sancionada en Colombia. Según lo estipulado en la Ley 769 de 2002 y la Resolución 3027 del Ministerio de Transporte, la multa por fumar al volante asciende a $474.500 (valor para 2025), equivalente a diez salarios mínimos diarios legales vigentes.
El rigor aumenta para quienes operan vehículos de transporte público, quienes deben asistir de forma obligatoria a un curso de seguridad vial tras la amonestación. No obstante, el escenario técnico más grave ocurre si dicha conducta provoca un siniestro: si el conductor es sorprendido fumando y esto deriva en un accidente de tránsito, la sanción puede dispararse hasta los 100 salarios mínimos, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que correspondan.
Sustancias psicoactivas y la llegada del “Drogómetro”
Uno de los mayores retos para las autoridades ha sido la detección de estupefacientes. Ante la sospecha de consumo, los agentes de tránsito están facultados para realizar una evaluación clínica en vía. Este protocolo técnico revisa la coordinación motora, la reacción de las pupilas y el estado de alerta del conductor.
Colombia ha comenzado a explorar la implementación de dispositivos electrónicos de detección rápida, conocidos coloquialmente como drug test o drogómetros. Esta tecnología utiliza muestras de saliva para identificar en cuestión de minutos la presencia de metabolitos de diversas drogas. Ante la negativa de realizarse cualquier prueba de detección, la ley presume el grado más alto de afectación, aplicando la sanción máxima de forma automática.
Visibilidad y seguridad en el habitáculo
Más allá de la multa económica, fumar dentro del vehículo genera riesgos técnicos de seguridad vial. El humo acumulado reduce drásticamente la visibilidad periférica y la nitidez del campo visual, especialmente durante la conducción nocturna o bajo lluvia. Manipular un cigarrillo o un encendedor implica retirar la vista de la vía y las manos del volante, lo que reduce el tiempo de reacción en milisegundos críticos ante la activación de un sistema ADAS o una frenada de emergencia.
La seguridad en las vías no es un asunto negociable. En un mercado donde los sistemas de asistencia a la conducción intentan minimizar el error humano, el factor biológico del conductor sigue siendo el eslabón más débil. Instamos a los conductores a entender que las sanciones no buscan solo el recaudo, sino la preservación de la vida. Ya sea alcohol, sustancias psicoactivas o la simple distracción de un cigarrillo, el costo de una imprudencia es, hoy por hoy, impagable tanto para su bolsillo como para su integridad.
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