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Proyecto de ley permitiría conducir algunos vehículos sin licencia ni SOAT: conózcalos

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Proyecto de ley permitiría conducir algunos vehículos sin licencia ni SOAT conózcalos

Una nueva ley está a punto de cambiar las reglas de juego para la movilidad en Colombia. El Congreso de la República ha dado luz verde al proyecto que busca regular el uso de vehículos eléctricos livianos, permitiendo que circulen sin necesidad de licencia de conducción ni SOAT. Si bien la iniciativa pretende promover la movilidad sostenible, ha encendido las alarmas de expertos y autoridades locales, quienes advierten sobre un potencial aumento de la siniestralidad.

¿Qué vehículos cobijaría la nueva norma?

El proyecto de ley (número 219 de 2024 en Cámara y 111 de 2023 en Senado), que solo espera la firma presidencial para entrar en vigor, define una nueva categoría: los vehículos eléctricos livianos. Estos son vehículos impulsados por un motor eléctrico, con un peso inferior a 60 kg y diseñados para uso individual.

La ley establece las siguientes condiciones para su circulación:

  • Velocidad máxima: 40 kilómetros por hora.
  • Uso obligatorio de casco y elementos reflectivos.
  • Prohibido transportar a más de una persona (salvo que el diseño lo permita).
  • Edad mínima del conductor: 16 años.
  • Lugar de circulación: Exclusivamente por las ciclorrutas y vías permitidas, con prohibición expresa de transitar por carreteras nacionales.
La exención de SOAT y licencia: El punto de la discordia

El aspecto más controversial de la ley es que exime a los conductores de estos vehículos de portar licencia de conducción y, más preocupante aún, del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).

La Secretaría de Movilidad de Bogotá ha sido una de las voces más críticas. La entidad alerta que, a pesar de su denominación “liviana”, estos vehículos pueden alcanzar velocidades considerables y, por su peso, tienen el potencial de causar siniestros con lesiones graves e incluso fatales.

Proyecto de ley permitiría conducir algunos vehículos sin licencia ni SOAT conózcalos
Foto: Secretaría de Movilidad
La seguridad en riesgo: Aumenta la potencia, aumenta el peligro

Uno de los mayores temores de la Secretaría de Movilidad radica en la definición técnica de estos vehículos. La ley abre la puerta para que se permitan motores con una potencia de hasta 1.000 W. Esta cifra es significativamente superior a la regulación actual para ciclomotores, que tienen un límite de 350 W.

“El aumento a 1.000 W que se incluye en el proyecto de ley generará mayores riesgos de lesiones y muertes, tanto a sus conductores como a los demás usuarios de la cicloinfraestructura”, insiste la entidad. Permitir que vehículos más rápidos y potentes compartan el mismo espacio que bicicletas y patinetas convencionales pone en grave riesgo a los actores viales más vulnerables, como ciclistas, peatones y niños.

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Sin SOAT: ¿Quién responde por las víctimas?

La no exigencia del SOAT es otro punto crítico. Según la Secretaría de Movilidad, esta medida “debilita la posibilidad de atención integral a víctimas” de accidentes de tránsito. En caso de un siniestro, la atención médica de los heridos no tendría la cobertura inmediata que garantiza este seguro.

Además, la falta de un registro asociado al SOAT dificultaría a las autoridades la tarea de caracterizar y analizar la siniestralidad vial de estos vehículos, un paso fundamental para diseñar políticas de prevención efectivas.

Mientras el Gobierno celebra un paso hacia la movilidad sostenible, las autoridades locales advierten sobre una ley que podría tener consecuencias nefastas para la seguridad en las calles. Todos los ojos están puestos ahora en la firma presidencial y, posteriormente, en la reglamentación que deberá expedir el Ministerio de Transporte, que será clave para definir los límites y alcances de esta nueva norma.

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