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Evite cobros excesivos: estas son las tarifas legales de parqueaderos en Bogotá

La capital colombiana implementa un sistema de siete niveles de precios para el uso de parqueaderos, que diferencia entre estancias cortas y largas de los vehículos.

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Si rueda por Bogotá en su vehículo es necesario que conozca las tarifas de parqueadero para evitar sobrecostos en sus salidas. Con la entrada en vigor de la Resolución 170375 de 2025, la Alcaldía Mayor ha establecido un sistema de siete niveles tarifarios que transforma los precios por el servicio de parqueaderos.

El nuevo sistema de cobro

La resolución establece una diferenciación clara entre estacionamientos de corta duración (menos de 120 minutos) y larga duración (más de 120 minutos), con valores que varían significativamente según la categoría asignada al parqueadero.

Para los vehículos que permanezcan menos de dos horas, los valores oscilan entre 800 y 1.400 pesos para automóviles, mientras que las motocicletas deberán pagar entre 600 y 1.100 pesos, dependiendo del nivel tarifario del establecimiento.

Las siete categorías para estancias cortas quedaron establecidas así:

NivelValor automóvilValor motocicleta
1800 pesos600 pesos
2900 pesos700 pesos
31.000 pesos800 pesos
41.100 pesos850 pesos
51.200 pesos950 pesos
61.300 pesos1.000 pesos
71.400 pesos1.100 pesos

En contraste, los usuarios que requieran estacionamientos prolongados (superiores a dos horas) enfrentarán tarifas notablemente más elevadas. Los automóviles tendrán que pagar entre 1.200 y 2.100 pesos, mientras que las motocicletas oscilarán entre 950 y 1.650 pesos.

El esquema para estancias largas quedó definido de la siguiente manera:

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NivelValor automóvilValor motocicleta
11.200 pesos950 pesos
21.350 pesos1.050 pesos
31.500 pesos1.200 pesos
41.650 pesos1.300 pesos
51.800 pesos1.450 pesos
61.950 pesos1.550 pesos
72.100 pesos1.650 pesos
El Decreto 041 mantiene las tarifas por minuto

Paralelamente, el Decreto 041 de 2025 establece los topes máximos por minuto dentro del régimen de libertad regulada. Para vehículos particulares (automóviles, camperos y camionetas), la tarifa máxima se fijó en 201 pesos por minuto para establecimientos con certificación especial, y 191 pesos para los demás.

Las motocicletas tienen un límite de 141 pesos por minuto en parqueaderos certificados y 134 pesos en los establecimientos estándar. Para bicicletas, el valor máximo autorizado es de 10 pesos por minuto.

Modificaciones en la metodología de cobro

Entre las principales innovaciones destaca que la tarifa será redondeada a la centena inferior y se pagará de manera anticipada, con fracciones de cobro de 10 minutos. Este cálculo considera el tipo de vehículo, el tiempo de permanencia y el factor horario asignado al parqueadero.

Foto: Secretaría Distrital de Gobierno

Según indica la resolución, “el operador público del estacionamiento en vía deberá adelantar las gestiones para la socialización de la tarifa, lo que incluye como mínimo: publicar en la página del proyecto la tarifa autorizada por segmento vial, así como la adaptación de la señalización correspondiente”.

Marco normativo que sustenta el cambio

La regulación de parqueaderos en Colombia se fundamenta en diversas normas. El Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 de 2002) establece lineamientos generales, mientras que el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016) define requisitos operativos específicos.

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Las autoridades locales tienen facultades para reglamentar y definir zonas de operación según el Decreto Ley 1855 de 1971. Adicionalmente, la Ley 1083 de 2006 exige que los alcaldes desarrollen planes de movilidad que incluyan un Plan Maestro de Parqueaderos.

Esta reforma busca organizar un sector crucial para la movilidad urbana, respondiendo a las crecientes demandas de los usuarios y a la necesidad de racionalizar el uso del espacio público. La efectividad de estas medidas dependerá de una rigurosa fiscalización y del compromiso de los operadores con el cumplimiento de la normativa establecida.

REVISTA TURBO

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